El Código de Ética Profesional del Ingeniero Mexicano se
publicó el 1 de julio de 1983, y firmó como testigo el C. licenciado Miguel de
la Madrid Hurtado, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos,
el cual se transcribe a continuación.
Considerando:
1.- El ingeniero mexicano sustenta su conducta en el respeto
y amor a la patria.
2.- El ingeniero en nuestro país ha logrado la práctica de
su profesión gracias a la oportunidad que le brinda la nación mexicana.
3.- Por su preparación tiene un mayor compromiso para
coadyuvar a satisfacer las necesidades y elevar la calidad de vida de los
mexicanos, con la convicción y responsabilidad moral de sostener un desarrollo
con justicia social.
4.- Es un deber propiciar el desempeño de la actividad de
acuerdo con un Código de Ética que precise las obligaciones sociales, que hacen
posible el respeto de cada profesional para con los demás, en busca de una
justa y armoniosa convivencia humana dentro de cada nación y entre las
naciones.
5.- Los principios universales y nuestras mejores
tradiciones consideran un alto deber la solidaridad internacional y el respeto
a los valores morales de otros pueblos, en particular donde el ingeniero amplíe
su preparación o eventualmente ejerza la profesión.
6.- Los diversos códigos de ética profesional de colegios y
asociaciones de ingenieros confluyen en una misma concepción.
7.- La unión de ingenieros mexicanos se ha dado en torno a principios
y normas de conducta.
La Asamblea General Ordinaria de la UMAI adopta el siguiente
Código de Ética Profesional del Ingeniero
Mexicano:
El ingeniero reconoce que el mayor mérito es el trabajo, por
lo que ejercerá su profesión comprometido con el servicio a la sociedad
mexicana, atendiendo al bienestar y progreso de la mayoría.
Al transformar la naturaleza en beneficio de la humanidad,
el ingeniero debe acrecentar su conciencia de que el mundo es la morada del
hombre y de que su interés por el universo es una garantía de la superación de
su espíritu y del conocimiento de la realidad para hacerla más justa y feliz.
El ingeniero debe rechazar los trabajos que tengan como fin
atentar contra el interés general; de esta manera evitará situaciones que
impliquen peligros o constituyan una
amenaza contra el medio ambiente, la vida, la salud y demás derechos del ser
humano.
Es un deber ineludible del ingeniero sostener el prestigio
de la profesión y velar por su cabal ejercicio.
El ingeniero debe procurar el perfeccionamiento constante de
sus conocimientos, en particular de su profesión, divulgar su saber, compartir su experiencia, proveer
oportunidades para la formación y la capacitación de los trabajadores.
En el ejercicio de su profesión, el ingeniero debe cumplir
con diligencia los compromisos que haya asumido y desempeñará con dedicación y
lealtad los trabajos que se le asignen.
El ingeniero tendrá como norma crear y promover la
tecnología nacional; pondrá especial cuidado en vigilar que la transferencia
tecnológica se adapte a nuestras condiciones conforme al marco legal
establecido. Se obliga a guardar secreto profesional de los datos
confidenciales que conozca en el ejercicio de su profesión, salvo que le sean
requeridos por autoridad competente.
Observará una conducta decorosa, tratando con respeto,
diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación,
particularmente a sus colaboradores, absteniéndose de incurrir en desviaciones
y abusos de autoridad y de disponer o autorizar a un subordinado conductas
ilícitas, así como de favorecer
indebidamente a terceros.
Debe salvaguardar los intereses de la institución o persona
para la que trabaje y hacer buen uso de los recursos que se le hayan asignado
para el desempeño de sus labores.
Cumplirá con eficiencia las disposiciones que en ejercicio
de sus atribuciones le dictaminen sus superiores jerárquicos, respetará y hará
respetar su posición y trabajo; si discrepara de sus superiores tendrá la
obligación de manifestar ante ellos las razones de su discrepancia.
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